{"id":60913,"date":"2022-12-15T17:23:01","date_gmt":"2022-12-15T17:23:01","guid":{"rendered":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/2022\/12\/15\/la-comunidad-de-madrid-aprueba-una-nueva-normativa-del-juego-para-armonizar-esta-actividad-en-un-marco-de-proteccion-seguro-y-responsable\/"},"modified":"2022-12-16T08:30:37","modified_gmt":"2022-12-16T08:30:37","slug":"la-comunidad-de-madrid-aprueba-una-nueva-normativa-del-juego-para-armonizar-esta-actividad-en-un-marco-de-proteccion-seguro-y-responsable","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/la-comunidad-de-madrid-aprueba-una-nueva-normativa-del-juego-para-armonizar-esta-actividad-en-un-marco-de-proteccion-seguro-y-responsable\/","title":{"rendered":"La Comunidad de Madrid aprueba una nueva normativa del juego para armonizar esta actividad en un marco de protecci\u00f3n seguro y responsable"},"content":{"rendered":"<p>    La Comunidad de Madrid modificar\u00e1 la Ley regional del Juego para dotarla de una nueva normativa que d\u00e9 respuesta a la realidad social y a la preocupaci\u00f3n ciudadana, armonizando una actividad legal y reglada en un entorno seguro y responsable, en el que convivan la intervenci\u00f3n y el control y aquellas medidas preventivas dirigidas a la sensibilizaci\u00f3n, la informaci\u00f3n y difusi\u00f3n de las buenas practicas. <\/p>\n<p>    Esta actuaci\u00f3n se enmarca en la Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad econ\u00f3mica y la modernizaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n, m\u00e1s conocida como Ley \u00d3mnibus, que se ha aprobado en el Pleno de la Asamblea regional.<br \/>Con ello, el Ejecutivo auton\u00f3mico pretende evitar su publicidad y las apuestas que inciten o fomenten a los potenciales jugadores a su participaci\u00f3n, o que resulte perjudicial para la infancia, la adolescencia y la juventud, incorporando en su r\u00e9gimen sancionador algunas conductas infractoras no contempladas en la actualidad, adem\u00e1s de agravar la tipificaci\u00f3n de aquellas relativas al acceso de menores y personas que lo tiene prohibido.<br \/>A partir de ahora no est\u00e1 permitida la publicidad, promoci\u00f3n o patrocinio mediante la aparici\u00f3n de personas de relevancia o notoriedad p\u00fablica. Estas acciones no podr\u00e1n ser perjudiciales para la formaci\u00f3n de la infancia y la juventud, ni atentar contra la dignidad de las personas, ser racistas, xen\u00f3fobas, sexistas o expresar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n, que incite al odio o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constituci\u00f3n.<br \/>Igualmente, no podr\u00e1 realizarse publicidad en centros y servicios sanitarios y sociosanitarios, espacios de ense\u00f1anza p\u00fablicos y privados, o aquellos donde se lleven a cabo actividades dirigidas a menores de edad. Se limita igualmente el patrocinio de acontecimientos deportivos, eventos, bienes o servicios destinados espec\u00edfica o principalmente a este colectivo m\u00e1s vulnerable. Y se elimina la publicidad est\u00e1tica del juego en la v\u00eda p\u00fablica, elementos m\u00f3viles, medios de transporte, y en sistemas de megafon\u00eda.\u00a0\u00a0<br \/>Las comunicaciones publicitarias por correo electr\u00f3nico o cualquier otro medio requerir\u00e1n de la previa solicitud o de la expresa autorizaci\u00f3n de sus destinatarios. Estar\u00e1n igualmente prohibidas aquellas acciones en las que se complemente la cuant\u00eda de los premios mediante pagos en dinero o en especie, adem\u00e1s de impedirse la entrega gratuita, o por precio inferior, de fichas, cartones, boletos o cualquier otro recurso utilizado para la participaci\u00f3n en juegos y apuestas que supongan ofertarlo gratuitamente o a un precio inferior al establecido.<br \/>La promoci\u00f3n, captaci\u00f3n y fidelizaci\u00f3n de clientes en este tipo de espacios queda tambi\u00e9n limitada, as\u00ed como ofrecer consumiciones gratuitas o a un precio inferior al del mercado en este tipo de locales y cuya publicidad en el exterior no podr\u00e1 mostrar contenidos que atraigan a su entrada, ni incluir informaci\u00f3n sobre el importe de los premios o el coeficiente de las apuestas.<br \/>S\u00ed se permite la publicidad en medios de comunicaci\u00f3n con car\u00e1cter meramente informativo, es decir, la referencia al nombre de la empresa, el establecimiento, el horario y los servicios complementarios que se presten. Por \u00faltimo, deber\u00e1 ajustarse a la normativa, respetar la protecci\u00f3n de los menores de edad, contener advertencias sobre los riesgos de la pr\u00e1ctica abusiva y la prohibici\u00f3n de participar a menores y a las personas incluidas en el Registro de Interdicciones de acceso al Juego.<br \/>Endurecimiento del r\u00e9gimen sancionador\u00a0<br \/>El r\u00e9gimen sancionador tambi\u00e9n sufre una revisi\u00f3n a trav\u00e9s de la Ley \u00d3mnibus, con el doble objetivo de incorporar a la norma la tipificaci\u00f3n de algunas conductas infractoras no contempladas, y agravar las sanciones por la entrada de algunas personas, que refuercen y aseguren su efectivo cumplimiento. Las principales modificaciones son considerar como grave a muy grave el acceso al juego y\/o a los locales de los menores y las personas que lo tengan prohibido, endureciendo las penas y potenciando as\u00ed su car\u00e1cter disuasorio.<br \/>Se incluyen como infracciones muy graves nuevas tipificaciones relacionadas con la vulneraci\u00f3n o la inexistencia de las medidas y sistemas de control en las salas, Igualmente se endurecen los castigos por facilitar el acceso a los menores de edad al juego de las m\u00e1quinas con premio en establecimientos de hosteler\u00eda, la ausencia en ellos de un servicio de control de admisi\u00f3n, o a la falta de identificaci\u00f3n y registro de los visitantes.<br \/>Dentro de las de car\u00e1cter grave se han incorporado conductas no tipificadas anteriormente, relativas a la rotulaci\u00f3n en las fachadas de los locales, la informaci\u00f3n que se pueda ofrecer en el exterior, la comercializaci\u00f3n y el mantenimiento de las m\u00e1quinas fuera de los horarios autorizados.<br \/>Regulaci\u00f3n responsable\u00a0<br \/>Queda incluida tambi\u00e9n a trav\u00e9s de la Ley \u00d3mnibus la regulaci\u00f3n del juego responsable, incorporando los principios rectores y sus pol\u00edticas mediante acciones preventivas de sensibilizaci\u00f3n, intervenci\u00f3n y control anteriormente se\u00f1aladas. La Administraci\u00f3n regional deber\u00e1 velar por su aplicaci\u00f3n para evitar el fomento del h\u00e1bito irresponsable y reducir sus efectos negativos, y las empresas deber\u00e1n colaborar en este objetivo. Estas \u00faltimas adem\u00e1s tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de elaborar un plan de medidas que incorporar\u00e1 sus reglas b\u00e1sicas en esta materia.<br \/>Por \u00faltimo, modifica tambi\u00e9n una cuesti\u00f3n importante recogida en el Anexo de la Ley 1\/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duraci\u00f3n m\u00e1xima y el r\u00e9gimen del silencio administrativo de determinados procedimientos. Estos no est\u00e1n contemplados actualmente, y son la homologaci\u00f3n de m\u00e1quinas recreativas de juego y azar, sistemas t\u00e9cnicos para la pr\u00e1ctica del juego de manera presencial o a distancia, y la homologaci\u00f3n de sistemas para el control de acceso a los establecimientos.<br \/>Para ellos se establece una duraci\u00f3n m\u00e1xima de seis meses y efectos desestimatorios del silencio administrativo, debido a la complejidad en la tramitaci\u00f3n y a que la protecci\u00f3n del inter\u00e9s general y su incidencia sobre bienes jur\u00eddicamente protegidos, como son la seguridad, el orden p\u00fablico, la salud de los usuarios y de los colectivos m\u00e1s vulnerables, y la prevenci\u00f3n del fraude, determinan que resulte incompatible con la estimaci\u00f3n por silencio positivo de las solicitudes de los interesados por el mero transcurso del plazo de resoluci\u00f3n sin que \u00e9sta se dicte, lo que privar\u00eda a la Administraci\u00f3n del necesario control previo que debe ejercer en la autorizaci\u00f3n de este tipo de \u00a0actividades.<br \/>Asimismo, se ha considerado necesario cambiar, por id\u00e9nticos motivos, el plazo de duraci\u00f3n m\u00e1xima de los procedimientos de autorizaci\u00f3n de locales destinados a establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar (bingos) y de salones de juego, ampli\u00e1ndose de dos a tres meses, modific\u00e1ndose tambi\u00e9n el r\u00e9gimen del silencio de los procedimientos de autorizaci\u00f3n de locales espec\u00edficos de apuestas y otros locales y zonas de apuestas, pasando a ser negativo o desestimatorio.<\/p>\n<p>Foto Comunidad de Madrid<img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/Post_60913-ComunidaddeMadrid-6--enrique_lopez_ley_omnibus.jpeg\" alt=\"Texto Alternativo: La Comunidad de Madrid aprueba una nueva normativa del juego para armonizar esta actividad en un marco de protecci\u00f3n seguro y responsable\" width=\"100%\" height=\"100%\" \/><\/p>\n<div class=\"madri-despues-del-contenido madri-entity-placement\" id=\"madri-604257180\"><div id=\"madri-1215104442\"><p><a href=\"https:\/\/8madrid.tv\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/sur-madrid.com\/PUB\/2024\/8madridTV-Cabecera_700x160_15-11-2024_15-11-227.gif\" alt=\"Publicabecera\"><\/a><\/p>\n<\/div><\/div><div class=\"madri-debajo-de-la-noticia madri-entity-placement\" id=\"madri-3748603548\"><div id=\"madri-827328754\"><p><a href=\"https:\/\/8madrid.tv\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/sur-madrid.com\/PUB\/2024\/8madridTV-Cuadrado_625x521_15-11-2024_15-11-227.gif\"><\/a><\/p>\n<\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comunidad de Madrid modificar\u00e1 la Ley regional del Juego para dotarla de una nueva normativa que d\u00e9 respuesta a la realidad social y a la preocupaci\u00f3n ciudadana, armonizando una actividad legal y reglada en un entorno seguro y responsable, en el que convivan la intervenci\u00f3n y el control y aquellas medidas preventivas dirigidas a [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":60914,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1062],"tags":[],"class_list":["post-60913","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comunidad-de-madrid"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/60913","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=60913"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/60913\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/media\/60914"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=60913"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=60913"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sur-madrid.com\/online\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=60913"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}